Según la directriz DM-RM-5430-2020 emitida por el Ministerio de Salud a partir de ahora los locales comerciales que cuenten con una patente de bar o cantina, podrán cambiar su actividad comercial por soda, restaurante o cafetería.
Los establecimientos que deseen optar por esta reconversión deben presentar ante el Área Rectora de Salud competente los siguientes requisitos:
1. El establecimiento debe contar con permiso sanitario de funcionamiento vigente.
2. La solicitud debe realizarla el permisionario (dueño de la patente) mediante el correo electrónico del Área Rectora de Salud de Desamparados: ars.desamparados@misalud.go.cr
3. La solicitud debe contener un compromiso de cumplir y respetar los requisitos, lineamientos y protocolos que emitan las autoridades para el funcionamiento de restaurantes, sodas y cafeterías.
4. Una declaración jurada de que su establecimiento cumple con los requisitos para funcionar como restaurante, soda y cafetería (CODIGO CIIU 5610).
5. Una autorización para que la autoridad de salud proceda a clausurar de inmediato el establecimiento comercial si se determina que el mismo no cumple con los requisitos para funcionar como restaurante, soda y cafetería (CODIGO CIIU 5610) o si irrespetó los requisitos, lineamientos y protocolos emitidos por las autoridades de salud para este tipo de establecimientos clasificados con el CODIGO CIIU 5610.
En el caso de los bares estos deberán clausurar la barra y solo utilizar las mesas que tengan disponibles en su establecimiento y con un aforo del 50%.
Para más información puede comunicarse con el Área Rectora de Salud de Desamparados al correo ars.desamparados@misalud.go.cr o bien al número 2259-2186.